CUANTIA DEL CRÉDITO:
VEINTE MILLONES DE EUROS (20.000.000 €).
VIGENCIA:
La presente Línea estará vigente desde la fecha de su firma hasta el 22 de diciembre de 2008, o hasta el agotamiento del los fondos de la Línea.
AMBITO TERRITORIAL:
El Estado Español.
BENEFICIARIOS FINALES:
Podrán ser Beneficiarios las Comunidades de Regantes o los agricultores que pertenezcan a una Comunidad de Regantes y así lo acrediten mediante el Anexo II y III.
INVERSIONES FINANCIABLES:
Serán financiables a través de esta Línea los proyectos de inversión para el equipamiento de parcelas de aquellos agricultores pertenecientes a las Comunidades de Regantes.
NO SERAN FINANCIABLES:
Las inversiones anteriores a la formalización de la operación financiera. IVA y otros impuestos ligados a la inversión.
IMPORTES DE LA FINANCIACION POR PROYECTO Y LIMITES:
Hasta un importe máximo del 95 % de la inversión neta a financiar. El importe de la financiación por operación deberá ser superior a 5.000 euros e inferior a 180.000 euros. Si la financiación se concede a la Comunidad de Regantes, la cuantía mínima y máxima, serán las anteriores multiplicadas por el número de regantes, hasta un máximo de 9 millones de euros por Comunidad.
PLAZO DE EJECUCION DE LAS INVERSIONES:
La inversión no podrá haberse comenzado antes de la firma del CONTRATO SUBSIDIARIO y ésta deberá haberse materializado en su totalidad en un plazo máximo de un (1) año, desde la fecha de firma del CONTRATO SUBSIDIARIO con la Entidad de Crédito Mediadora.
IMPORTE MAXIMO POR BENEFICIARIO/AÑO:
El límite máximo acumulado, para la totalidad del Programa “Equipamiento de Parcelas 2006 - 2009”, será de 180.000 euros, sea éste formalizado en una o en varias operaciones de préstamo y a lo largo de uno o varios ejercicios. El límite máximo acumulado, si la financiación se concede a la Comunidad de Regantes, será la cantidad anterior, multiplicadas por el número de regantes, hasta un máximo de 9 millones de euros por Comunidad.
PLAZOS DE AMORTIZACION:
El plazo de las operaciones podrá ser: 35 años, para los casos en que se instale riego localizado. 30 años, para el resto de las inversiones para el equipamiento de la parcela.
TIPO DE INTERES PARA EL BENEFICIARIO FINAL:
variable referenciado a euribor seis (6) meses hasta o,75%
Bonificación del tipo de interés para el beneficiario final 0,35%, diferencial que correrá a cargo del MAPA.
COMISIONES:
La Entidad de Crédito no podrá aplicar comisión alguna sobre las operaciones formalizadas adscritas a esta Línea.
RIESGO:
Asumido por las Entidades de Crédito. Tramitación
La solicitud del préstamo deberá ser presentada por el BENEFICIARIO FINAL, a la Entidad de Crédito, y deberá ir, necesariamente acompañada de los Anexos II y III.
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